miércoles, 16 de septiembre de 2009

AFIP fijo los importes de autónomos a partir de Septiembre


Una vez más y de la mano del aumento de las jubilaciones vino un nuevo aumento en las cuotas de los autónomos del orden del 7%. El mismo comienza a aplicar a partir de septiembre pero como se paga mes vencido las cuotas nuevas se pagarán recien en los primeros meses de octubre.
Se puede seguir pagando con la credencial anterior solamente que en el banco le cobrarán el nuevo importe o si prefiere entra con clave fiscal y en sistema registral puede reimprimir la nueva credencial con el valor actualizado.

Dejamos los graficos con los nuevos valores de cada categoría



Categoría I. Aporte mensual de 153,46 pesos:
Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros con ingresos anuales hasta $20 mil.
Comerciantes con ingresos anuales hasta $25 mil.
Aquellos que adhieran voluntariamente al sistema previsional (religiosos, directivos de cooperativas que no perciben retribución, amas de casa, profesionales o personas que aportan a cajas especiales, titulares de condominios sin tareas de dirección).

Categoría II. Aporte mensual de 214,84 pesos:
Personas físicas que ejerzan profesiones u oficios y productores de seguros que superen como ingresos anuales los $20 mil.
Comerciantes con ingresos anuales superiores a 25 mil pesos.

Categoría III. Aporte mensual de 306,91 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos anuales inferiores o iguales a 15.000 pesos.

Categoría IV. Aporte mensual de 491,06 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos entre $15.001 y $30.000, inclusive.

Categoría V. Aporte mensual de 675,20 pesos:
Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares, y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos superiores a los 30.000 pesos.

Particularidades: Asimismo, la nueva normativa establece el esquema de aportes mensuales a respetar por los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:

jueves, 3 de septiembre de 2009

Actualizaciones del Monotributo

Esta semana vamos a hacernos eco de varias cosas que les pasaron al universo de los contribuyentes más pequeños que son los monotributistas, en primer lugar esta actualmente vigente la recategorización cuatrimestral hasta el 07/09/2009, por otro lado y pese a las diferentes y continuas notas que fueron saliendo en los medios de comunicación sobre la modificación del régimen ( desde antes de las elecciones se viene hablando de la inminente modificación del mismo) y por úlitmo cierro con una buena noticia ya que se va a prorrogar hasta el año próximo las retenciones a los monotributistas un tema complejo de aplicación y para seguir de cerca en especial aquellos más reacios a las recategorizaciones o al abandono del régimen por estar excluidos.
Focalizándonos en el primer punto no queda mucho por agregar ya que el proceso de recategorización tiene más de 10 años y es conocido por todos, actualmente se hace con clave fiscal y no demora mucho tiempo. A tener en cuenta las personas que también se encuentran el el régimen simpificado de CABA tienen que haber una correlación entre las categorias de los dos sistemas o sea, si en monotributo aporto por una categoría de hasta $3000 mensuales en el regimen simplificado de ingresos brutos debería estar en una categoria similar. Para más info http://contadores.infobaeprofesional.com/notas/86809-Monotributo-rige-plazo-para-la-recategorizacion-cuatrimestral.html
En nuestro segundo punto y a pesar a los diferentes proyectos que se fueron conociendo, todavia no nos queda claro que el gobierno le preste la suficiente atención y el Congreso esta teniendo otras prioridades, Ley de medios por ejemplo que eclipsan esto, por el momento no hay grandes novedades al respecto y cuando haya comenzado el debate parlamentario lo comentaremos por el Blog.
Por último el aplazamiento de las retenciones a los monotributistas es una buena noticia no por el alivio a los contribuyentes mal categorizados o excluidos, que no aprobamos ni justificamos, sino porque creo fervientemente que se debería dar mucha mayor publicidad alguna campaña desde AFIP y además es una carga muy importante administrativa que nuevamente cae en las empresas que adquieran servicios a monotributistas. La resolución que oficializará la prórroga hasta el 1/1/2010 supuestamente en concordancia con la reforma integral del régimen.
El mecanismo prorrogado establece que los pequeños contribuyentes soportarán pagos a cuenta del 35% en Ganancias. De igual manera, deberán afrontar un anticipo del 21% en el IVA. Puntualmente, el nuevo régimen golpeará a los monotributistas, siempre que superen el límite de facturación anual permitido respecto a las operaciones celebradas con un único cliente. La retención en Ganancias se calculará sobre el importe de la operación y se practicará sobre el importe que se pague -en forma parcial o total- sin deducción de suma alguna, aplicando la alícuota del 35% por ciento. En el IVA, la retención se calculará aplicando la alícuota del 21 por ciento. Los pagos a cuenta practicados, tendrán para los monotributistas que se inscriban en los respectivos gravámenes del régimen general:
  • En Ganancias: el carácter de pago a cuenta.
  • En el IVA: el carácter de impuesto ingresado, y en tal concepto será computado en la declaración jurada del período fiscal en el que se practicó la retención.