lunes, 23 de marzo de 2009

¿Qué es autónomos? ¿Quiénes lo pagan? Aumento a partir de abril de 2009


Hoy vamos a aprovechar para dejar un tema de actualidad (Aumento en autónomos de abril de 2009) y de paso hablar un poco de que es este concepto.

Básicamente es un concepto obligatorio similar al de jubilación que abonan las personas que realizan actividades económicas por su cuenta. Por un lado en un empleado en relación de dependencia realiza un aporte para su jubilación y el empleador paga una contribución también para su jubilación. En el caso del monotributista su abona simplificadamente un concepto para jubilación que esta incluido en los valores unificados que se pagan.

Si vemos los importes que se abonan en el régimen de autónomos nos damos cuenta que en realidad el importe abonado incluye una parte de aporte a la jubilación y otra parte similar a una contribución y que sería una carga social.
Toda persona que se da de alta como empresario unipersonal o socio gerente (SRL) o director (SA) esta obligado a empadronarse en autónomos y comenzar a pagar. Lo que se abona es mensual y se lo hace a mes vencido (los primeros días del mes siguiente vence) como los aportes sociales, con la credencial de pago del autónomo. El importe a abonar depende de los ingresos y los mínimos de las tablas.

Mientras que cualquier comerciante o unipersonal abona entre 128 y 180 mensual, lo que sean gerentes o directores abonan un mínimo de $256.

A pesar de parecer altos los valores ingresados como tienen este doble efecto aporte y contribución los sueldos con los cuales se toman de referencia son bajos y por eso el beneficio de la jubilación que se obtendra es relativamente bajo. Por decirlo de otra forma el empleado en relación de dependencia aporta importes muchos mayores ya que lo hace sobre su sueldo real y obtendrá jubilaciones mejores.

Otro tema a tener en cuenta es que para poder computar la deducción especial de ganancias se debe tener pago el año completo y si hay deuda la misma no procede.

Seguido dejamos los nuevos importes que deberá abonar para que tengan una noción categoria I y II son para comerciantes III, IV y V para directores y gerentes de sociedades.

Categorías desde el 1/4/2009



Concepto


Porcentaje

I

I' (*)

II

II' (*)



III



III' (*)



IV



IV' (*)



V



V'(*)


Renta imponible




446,76



625,46



893,52



1.429,63



1.965,74


Aporte personal
jubilación



16



71,48



71,48



100,07



100,07



142,96



142,96



228,74



228,74



314,52



314,52



11/14



49,14



62,55



68,80



87,56



98,29



125,09



157,26



200,15



216,23



275,20


INSSJP



5



22,34



22,34



31,27



31,27



44,68



44,68



71,48



71,48



98,29



98,29


TOTAL APORTE



32/35



142,96



156,37



200,14



218,90



285,93



312,73



457,48



500,37



629,04



688,01



(*) Trabajadores autónomos con tareas
diferenciadas





domingo, 1 de marzo de 2009

Costos laborales - ¿Cuánto sale tener un empleado en relación de dependencia?

Entre las principales consultas cuando se asesora a emprendedores o a gente que quiere iniciar negocios, sociedades o si esta en pleno crecimiento y quiere tomar gente... o por si quiere regularizar su actual situación es la que titula este post. ¿Cuánto sale tener un empleado en relación de dependencia?
Para situarnos un poco actualmente hay grandes estimulos a blanquear empleados ya que la ley de blanqueo de capitales incluye grandes beneficios para la regularización laboral. Les recomiendo leer la siguiente nota http://contadores.infobaeprofesional.com/notas/79363-Con-un-doble-incentivo-arranco-el-lunes-el-blanqueo-de-trabajadores.html y seguramente luego publiquemos algún post sobre estos temas.

Principalmente a la hora de saber cuales son los costos laborales vamos a ir dejando un par de cosas claras, tener empleados tienen un costo monetario que luego expresaremos en un % de la remuneración y costos de otros tipos, ya sea administrativo, tiempos, responsabilidades, trámites, altas y demás cosas. A consecuencia de ser compleja y cambiante la gestión de la relación laboral se recomienda contratar un estudio profesional para la liquidación ya que muchas veces lo barato sale caro y luego los errores o falta cometidas por el que se autoliquida implican multas, intereses, clausura, juicios, etc. Por otro lado no hay que asustarse, ya que sin lugar a dudas las relaciones laborales registradas por más complejas que sean tienen muchísimas ventajas contra la informalidad y tener el personal en "negro". Se acotan muchisimos riesgos y estando conforme a norma se tiene mayor previsibilidad.

Volviendo un poco al tema números hay que tener en cuenta que actualmente un empleado a tiempo completo no puede cobrar menos de $1240 mínimo vital y movil. Luego hay que ver los mínimos de cada actividad encuadrandose en el convenio aplicable en casa caso. Partiendo de esas remuneraciones mínimas se debe ir para arriba y para tener un idea de ese sueldo mínimo bruto el 17% se le va a retener al empleado y se va a abonar junto a las cargas sociales. O sea para hacer números redondos, si el sueldo bruto es de $2.000 se le abona $1.660 y se le retiene $340. Luego de esos $2000 hay un 23% de cargas sociales $460 de costo laboral. Luego hay que ver el convenio sino tiene acuerdo o contribuciones al sindicato solidarias de pago obligatorio lo que puede aumentar entre 1% a 3%.

Entre otros costos que se deben tener en cuenta son el costo de la ART ( Aseguradora de Riesgos de Trabajo) la que cubre en caso de accidentes laborales la cual puede llegar a ser un porcentaje de 1% al 12% o más ante actividades riesgosas. Luego hay seguros obligatorios, el costo de la caja de ahorro para el pago, costos del prelaboral, de la liquidación de sueldos, etc.

En el caso de pactar sueldos netos con el empleado siempre le comento que aproximadamente es un 50% del sueldo abonado o sea si pacto un sueldo de mano de $1000, $500 son los costos laborales entre aportes del empleado, cargas sociales y todos los demás costos.

En el caso de tomar empleados amparados bajo la ley de blanqueo y regularización se tiene un descuento del 50% de las cargas sociales (el 23% de la remuneración que le corresponde al empleador) el 1er año y luego del 25% el segundo año.

Bueno por el momento nada más luego más adelante seguiremos viendo un poco como se abren esos porcentajes y demás particularidades del tema laboral.