jueves, 8 de marzo de 2012

Cambios en Regimen Simplificado Ciudad de Buenos Aires




Para quienes quisieron ir a pagar el regimen simplificado de Ingresos Brutos de la Ciudad de Buenos Aires y en el banco no se lo tomaron, les pasamos en consecuencia el porque ya que se estaban actualizando los montos dado los cambios que se suscitaron en dicho tributo. Para el que no sabe el Regimen Simplificado de ingresos brutos en Ciudad de Buenos Aires es una especio de monotributo para los pequeños contribuyente que ayuda mucho a la liquidación y no hace engorroso las declaraciones ( ¿¿¿¿Qué diferencia con el tema en provincia de Buenos Aires no???)


Les paso la info:



Se comunica que como consecuencia de las modificaciones al Código Fiscal y la Ley Tarifaria para el año 2012 la inscripción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Régimen Simplificado. será de carácter optativo y se pagará bimestralmente.
Los vencimientos operarán de acuerdo al siguiente cronograma:



A partir del periodo fiscal 2012 habrá seis (6) categorías de contribuyentes de acuerdo a las bases imponibles gravadas y a los parámetros máximos de las magnitudes físicas (“superficie afectada” y “energía eléctrica consumida”).
Es importante señalar que las categorías I y II serán eliminadas. Por lo tanto, los contribuyentes que este año (2011) se encuentran en dichas categorías, serán recategorizados a la mínima establecida en el cuadro siguiente (categoría III).



Tenga presente que las entidades bancarias no recepcionarán pagos correspondientes a Régimen Simplificado 2012 hasta el primer vencimiento (marzo 2012).

martes, 10 de enero de 2012

¿Las cosas estan cambiando?... Si!! ARBA TRACKS

Grata fue la sorpresa cuando en estos días de infernal calor entro en la página de ARBA y veo el siguiente logo



y buscando un poco de información encontre:




La empresa Sony Music Argentina y la Agencia de Recaudaciones bonaerense (ARBA) lanzaron un programa que permitirá a los contribuyentes que se encuentren al día con el pago de los impuestos descargar gratis de Internet música de artistas nacionales. Además, por tratarse de canciones de artistas nacionales, el programa "pretende promover la música argentina y resaltar el valor de la legalidad, generando conciencia sobre lo importante que es combatir y desalentar la piratería.


ArbaTracks prevé que los contribuyente de la provincia sin deudas impositivas tramiten a partir de este lunes en la web de Arba un código o pin a través del cual tendrán la chance debajar hasta un máximo de 90 canciones incluidas dentro del repertorio argentino de Sony Music, durante los próximos seis meses.

Una vez obtenido el pin, los temas podrán descargarse en el sitio www.arbatracks.com.ar, e incluye canciones de Vicentico, Divididos, Fito Páez, Fabiana Cantilo, Iván Noble, Diego Torres, Soledad Pastorutti, Mercedes Sosa, Roberto Goyeneche y Facundo Cabral.


A pesar de ser muy críticos de algunas medidas de ARBA creo que este es un paso en el sentido correcto, como en su momento fue la tarjeta RENTAS GLOBAL que van de la mano de darle incentivos al que cumple.






sábado, 19 de noviembre de 2011

Controles a la compra de dolares ¿Qué se puede hacer?


Hoy en día me motiva escribir sobre el tema la experiencia personal con muchos conocidos y clientes que me consultaron por el tema de la compra de dolares y creo que puede ser de utilidad para los seguidores del blog recopilar información sobre el tema.



Lo fundamental me parece es dar la información sobre el procedimiento para evitar la pérdida de tiempo de la persona que decide comprar dolares, como sabemos mediante la Resolución General N° 3210, la AFIP implementó el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias, a fin de controlar en tiempo real la situación fiscal y económico-financiera de quien realiza compras de moneda extranjera. Antes de eso los chequeos eran muy informales solo CUIT, DNI y una declaración jurada sobre que no se habia excedido del limite de compra.


Con los nuevos controles se intento formalizar y sacar del mercado a los "coleros" pero por otro lado, de golpe se puso en marcha un sistema muy rígido (que a causa del malestar y otros consecuencias se empezó a flexibilizar) que en algunos caso freno totalmente la compra formal de los billetes y disparo la cotización del billete informal. El famoso control supuestamente debería tomar en cuenta la capacidad de compra de acuerdo a los datos presentados o en poder del fisco ( supuestamente se tenian en cuenta de los más variados datos). El tema es que se deja por afuera infinidad de situaciones que en la práctica se dan y que hacen más engorrosa la compra de los billetes.


El primer paso que recomendamos es que se puede consultar cuál es el resultado de la evaluación sistémica que realizó la AFIP, previamente a realizar la compra Para ello se encuentra disponible un servicio con Clave Fiscal, Nivel de Seguridad 2, denominado "Consulta de Operaciones Cambiarias".Tenga en cuenta que, ante la respuesta "Con Inconsistencias", podrá consultar las razones en la dependencia de este Organismo en la cual se encuentre inscripto. En el caso de que no se encuentre inscripto, ante aquella correspondiente a la jurisdicción de su domicilio.Para otras consultas (no vinculadas a las razones que generan Inconsistencias), se encuentra disponible una línea específica: 0800-999-2347 opción 2 – sub opción 1
Si desea consultar las pantallas para utilizar el servicio con Clave Fiscal, ingrese aquí.



Para la consulta de las operaciones cambiarias, deberá informar:
El número de Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o, en su defecto, de Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.) o el tipo y número de documento del sujeto que la realiza.
El importe en pesos de la operación y el tipo de cambio aplicado.La AFIP efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, sobre los datos ingresados y emitirá la respuesta correspondiente de acuerdo con la información obrante en las bases de datos del Organismo, a saber:
Validado: Indica que los datos ingresados superaron los controles sistémicos, asignándose a la operación un número de transacción.
Con Inconsistencias: Indica que no se han superado los mencionados controles, detallando el/los motivo/s correspondiente/s.


COMO PROCEDER ANTES EL TEMIDO "INSUFICIENTE CAPACIDAD ECONÓMICA FINANCIERA"


La normativa establece que cuando la AFIP no autorice la compra de divisas debido a "insuficiente capacidad económica financiera", los interesados podrán regularizar su situación presentando una nota, acompañada de los siguientes elementos:• La impresión de la respuesta emitida por el sistema, en la cual conste dicho motivo, y • La documentación fehaciente que acredite el origen y cuantía de los fondos a utilizar para el pago de la compra de la moneda extranjera, observada. Para ello se debe llevar o solicitar en la agencia un formulario 206 Multinota

La agencia de la AFIP receptora evaluará los elementos presentados y resolverá sobre la procedencia de lo solicitado."Los demás motivos de inconsistencia podrán igualmente subsanarse ante la mencionada dependencia, regularizando los mismos en la forma que para cada caso corresponda", agrega la flamante reglamentación.

miércoles, 6 de abril de 2011

Nuevas deducciones de Ganancias

Luego de tanta presión de la CGT la presidenta anunció un aumento del 20% en las deducciones de ganancias para el 2011, una medida que aumenta la incertdumbre dado que todavia esta pendiente la oficialización del aumento del 2010 por el Congreso lo que obligo a AFIP a crear engendros para no tener que volver a las viejas deducciones en las DDJJ

Se anunciaron las nuevas tablas de deducciones de ganancias con el aumento del 20%



http://www.afip.gov.ar/novedades/docsComunicados/documentos/FinalPresentacionGanancias%201-4-11.pdf
Para ver las tablas para utilizar los empleadores: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/180000-184999/180804/norma.htm

jueves, 24 de marzo de 2011

Mecenazgo, una forma de pagar Impuestos y ser solidarios




Hoy en día nos hacemos ecos de una nota publica en el Portal de Asesores IRISNET del cual formamos parte que tiene un regimen poco conocido de promoción de la actividad cultural



Le dejamos el link por si quieren hacer algún comentario y el texto de la nota,





http://irisargentina.blogspot.com/2011/03/mecenazgo-una-forma-de-pagar-impuestos.html

Mecenazgo, una alternativa para apoyar actividades sociales al pagar mis impuestos.

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ofrece una posibilidad para que los contribuyentes que paguen sus impuestos de Ingresos Brutos en Capital, puedan en lugar de pagar parte de los mismos, apoyar algún proyecto de las Asociaciones sin fines de lucro habilitadas a tal fin.
A través de un procedimiento establecido por AGIP (ex Rentas de C.A.B.A.) se genera una boleta de pago que al ser abonado en el Banco Ciudad se acredita directamente en la cuenta de la ONG, descontando dicho pago del impuesto de Ingresos Brutos a abonar. Dependiendo del tipo de contribuyente, existen límites a depositar y solo podrán hacerlo aquellos contribuyentes directos de Capital Federal o quienes se encuentren dentro del Convenio Multilateral, aquellos que tengan como Jurisdicción Sede sea la Ciudad de Buenos Aires (código 901).
Dentro de los proyectos aprobados se encuentra ProyectARG, una Asociación Civil sin Fines de Lucro que persigue como misión educar para lograr una transformación con justicia social en nuestro país. Actualmente cuenta con el Proyecto Expresarte y el Proyecto Fotografía.
A su vez aquellas empresas y contribuyentes que opten por hacer el depósito en lugar de abonar el impuesto correspondiente, ProyectArg ofrece Publicar el logo de la empresa en su página web, en diarios, revistas, eventos, en el centro cultural Borges. Asimismo difundir la ayuda en programas radiales. Para más información sobre estos proyectos pueden contactar a Info@proyectarg.org.
Por lo tanto, queremos compartir y hacerles saber que contamos con esta posibilidad para que parte de los impuestos que debemos abonar, tengan un destino especifico que podemos ver que efecto directo tiene sobre nuestra sociedad.

viernes, 24 de diciembre de 2010

Felices fiestas!!!


Una vez más les agradecemos pasar otro año con nosotros y una feliz navidad y próspero año nuevo!!

Salud!!

viernes, 17 de diciembre de 2010

Más plazo para la presentación de la DDJJ del Monotributo

La AFIP para ayudar en el cumplimiento de las declaraciones juradas informativas del monotributo dió más plazo para su cumplimiento, tengamos en cuenta que si no se realizan no se va a poder obtener la constancia de inscripción

Dejamos el boletín informativo:

Mediante la Resolución General N° 2989 se establece que serán consideradas como cumplidas en término las presentaciones de las declaraciones juradas informativas correspondiente al primer y segundo cuatrimestre de 2010, dispuestas por la Resolución General Nº 2888 (ver más), siempre que se efectúen hasta el día 24 de diciembre de 2010, inclusive.

Se recuerda que los monotributistas obligados a presentar esta declaración jurada informativa son aquellos que, a la finalización del cuatrimestre calendario al que corresponda la información:


se hallen encuadrados en la Categoría F, G, H, I, J, K o L; o

revistan la calidad de empleadores cumplan o no la condición anterior