jueves, 12 de noviembre de 2009

El nuevo Monotributo que viene a partir del 01/01/2010


Esta vez espere hasta que se aprobara en diputados y que haya consenso político para el nuevo monotributo que estan anunciando desde mediados de enero del 2008 de alli nuestro post http://econtableimpositivo.blogspot.com/2009/01/proyecto-de-cambios-en-el-monotributo.html
Esperemos de un trátamiento rápido en senadores y que se oficialice el nuevo régimen que a pesar de muchas idas y vueltas los proyectos presentados fueron muy similares y vamos a ver el defenitivo que actualmente se esta por aprobar.

Vamos a los cambios ( nota infobae)


  • propone elevar el tope de facturación anual de $72.000 a $200.000 para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. Los valores límites llevaban más de una década sin actualizarse.


  • Respecto al aporte jubilatorio, se triplicará el pago mensual, elevando el monto de $35 a $110, mientras que el monto destinado al sistema de salud pasa de $46,75 a 70 pesos.


  • Sumado el componente impositivo, la cuota más baja será de $219 y la más alta alcanzará los $2.880, muy por encima de los $115 a $587 que cancelan los monotributistas actualmente.

De acuerdo a la iniciativa, el nuevo esquema a tener en cuenta por quienes presten servicios es:





Por otra parte, los valores a considerar por los pequeños contribuyentes que se desempeñen en el resto de las actividades es:




  • Asimismo, los pequeños contribuyentes -a partir de 2010- deberán respetar un nuevo parámetro, que les determinará el peso de la carga fiscal mensual a ingresar. De acuerdo al proyecto aprobado por Diputados, se incorpora como elemento a tener en cuenta el monto de los alquileres devengados a lo largo del año.

  • A efectos de evitar la desactualización de los topes y de los valores a cancelar en cada mes, el texto girado a Senadores prevé que la AFIP podrá modificar, una vez al año, los montos máximos de facturación, de alquileres devengados y los importes del impuesto a ingresar, correspondientes a cada categoría, en una proporción que no podrá superar el índice de incremento del salario mínimo vital y móvil o el índice de movilidad de las prestaciones previsionales, el que sea superior.

  • De manera adicional, la iniciativa establece un requisito extra para las categorías más elevadas. Con la mira puesta en promover el empleo registrado, las empresas y particulares cuyos ingresos brutos anuales estén entre $200.000 y $300.000 podrán permanecer en el régimen, siempre y cuando, cumplan con una cantidad mínima de personal en relación de dependencia:

    •Hasta $235.000: 1 empleado.


    •Hasta $270.000: 2 empleados.


    •Hasta $300.000: 3 empleados.

  • Otra novedad refiere al nuevo régimen de exclusión automática para monotributistas. La herramienta permitirá que la AFIP -cuando constate la infracción- inscriba de oficio a los sujetos en el régimen general impositivo y previsional. Esto significa una importante suba en la carga fiscal, al tener que afrontar el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias.

    En tanto, el proyecto aprobado por Diputados contempla el "Monotributo Social" que prevé que aquellos contribuyentes alcanzados por esta excepción no paguen el componente impositivo del monotributo, integrando solamente el correspondiente a la Seguridad Social y a la obra social, lo que le permitirá el uso total de estas coberturas.

Como para cerrar decimos que una vez que se apruebe el régimen haremos otro post ya con las cosas más claras y con la reglamentación de AFIP.




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