
En esta oportunidad vamos a hacer un breve análisis de todas las cuestiones prácticas en las cuales una sociedad interactúa con la IGJ. Tomo este tema ya que muchas sociedades estuvieron recibiendo en los últimos días la carta por el pago de la tasa anual del 2009.
Como para empezar aclaramos que la IGJ, tiene a su cargo el Registro Público de Comercio y los Registros de Asociaciones Civiles y Fundaciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tiene competencia de fiscalización de las sociedades comerciales, de las sociedades constituidas en el extranjero que hagan ejercicio habitual en el país, establezcan sucursales, asiento o cualquier otra especie de representación permanente, de las sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro, de las asociaciones civiles y de las fundaciones. Iguales organismos encontramos en las diferentes provincias, como por ejemplo en la Provincia de Buenos Aires encontramos a la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (D.P.P.J.)
En la práctica normal se tiene contacto con el organismo en diferentes oportunidades y según el tipo societarios:
- Las sociedades en general en lo que hace a las inscripciones, modificaciones, designación de autoridades y demás trámites societarios se realizan los mismos en el organismo. Recientemente cambio la forma de los formularios manuales a formularios digitales que se obtienen en http://www2.jus.gov.ar/igj/formularios/default.aspx donde se cargan los datos. Tengamos en cuenta que para los trámites y para consulta de expedientes se utiliza el número correlativo que sería una especie de CUIT / L que posee la IGJ para identificar una sociedad. El mismo se encuentra tanto en los balances de la sociedad como en la ultima hoja del estatuto (con membrete de la IGJ). Como recomendación los diversos trámites necesitan de informes profesionales ( precalificados ) para su presentación lo que nos obliga a contratar dichos servicios.
- Las sociedades por acciones principalmente y la más conocida (Sociedad Anónima) S.A. todos los años deben presentar el balance en el organismo, actualmente se realiza la carga en el SOFT SITIGJ V1.2 y luego con el archivo que se genera y el informe que firma el contador y el presidente de la SA luego se rubrica en el Consejo y se presenta. Esto es importante porque sino presentamos los balances se nos penalizara a la hora de pagar la Tasa Anual de la Sociedad que vemos en el punto siguiente.
- También las sociedades por acciones tienen anualmente que abonar la tasa anual establecida por IGJ. El cumplimiento de esta obligación fue dispuesto en 2001 a través de una escala variable. El monto de pago de la tasa es variable según la siguiente escala que prevé aquella decisión administrativa:

El comprobante para efectuar el pago fue enviado por correo a la sede social de cada sociedad. En caso de no recibir la boleta correspondiente, se puede emitir una copia de la misma en http://www2.jus.gov.ar/igj/tasas/TipoTasa.aspx
29 comentarios:
Hola hace poco mi jefe mi hizo llenar los datos de una empresa en el sistema de igj para presentar balance 2008 al igj, cuando termine olvide grabar y archivar osea sali directamente. Mas tarde entra mi jefe diciendo que tiene que pagar intereses?
luego me di cuenta de mi error y volvi a cargar los datos y esta vez grabando e imprimiendome una copia.
Entonces ccorregi el error sin ninguna conecuencia o es verdad que al haber hecho algo mal antes tienen que pagar algo ?
Espero que me respondan el comentario y muy bueno el sitio.
Soy Maitena, estudiante de 1 año de derecho y este año empece a trabajar en un estudio.
saludos
Estimada Maitena: No entiendo bien la consulta. El aplicativo de IGJ o sea, la nueva version SITIGJ 1.2 es un programa que se utiliza para presentar los balances en IGJ de manera digital, el mismo imprime un manifiesto y crea un diskette. El manifiesto debe ir firmado por el responsable de la sociedad y por el contador y se certifica en el consejo. Luego Junto al diskette se presentan en la IGJ. la no presentación del mismo puede traer aparejado una penalización de la IGJ en la tasa anual. Cordiales saludos
Hola, me interesaria saber si hay cambios respecto a la forma de desafectar los aportes irrevocables de las SA. Es decir, he visto EEPN donde desafectan esos aportes contra Resultados no Asignados negativos. En un caso la IGJ se los rechazo y en otro aun no habian presentado la modificacion del estatuto.
La pregunta me surge dado que al ser dos estudios contables diferentes, temo estar desactualizada ya que si desafecto un aporte irrevocable deberia generar un pasivo no?
Estimada Alejandra debería ver bien el caso en particular, por lo pronto coincido con vos si desafectas un aporte irrevocable debería generarse un pasivo. Te aconsejo asesorarte con IGJ o con el asesor societario del Consejo. Cordiales saludos
Buenas tardes. Alguien sabe el plazo de prescripción para el pago de las tasas anuales de la IGJ para Sociedades Anónimas (por ahí escuché que eran 10 años), y sobre todo quisiera saber en qué normativa lo dice. Saludos y muchas gracias
Te confirmo que son diez años ya que en su momento lo tuve que consultar en IGJ y en el Consejo. La verdad no tengo en que normativa si es alguna resolución o algún Código por aplicación supletoria. Cordiales saludos
hola quisiera saber que consecuentas puede traer no haber presentado los balances y estados contables anteriores al 2010 por el aplicativo vigente del IGJ de una SA, ya que el ejercicio que cerro el 30/06/2010 lo voy a presentar por este aplicativo pero los anteriores no lo hicimos de esa manera. Les agradeceria su respuesta.
Estimada Marisa: Desde 2006 en adelante la IGJ exige mediante aplicativo lo unico que fue actualizando es la versión del mismo. Si no entregaste con la versión vigente a la fecha de la presentación luego debes entregarlos con la versión nueva. Cordiales saludos
Hola! Una SA no presentó balances en IGJ en los últimos 10 años, ni pagó las tasas. Debe abonar la tasa máxima? O si presenta los balances que adeuda las tasas se reducen? Gracias!
Estimado, uno puede presentar los balances y pedir la determinación de la tasa al valor correspondiente más los intereses correspondientes.
Cordiales saludos
hola Alejandro te queria consultar lo siguiente
UNa empresa no presento los ultimos 4 balances y me pregunto si podia efectuar yo la presentacion en igj, ahora bien al no haber fimado los balances anteriores, donde deberia colocar mis datos como contador independiente.
EL auditor que firmo los balances fallecio por ta motivo no puede firmar el manifiesto
gracias
Estimado entiendo que no es necesario que deba firmar el manifiesto el mismo contador en la primer parte de datos pondría los datos del nuevo contador y en observaciones del aplicativo haría la salvedad, pero considero lo mejor para el profesional que no firma balance y si el manifiesto hacer la consulta en el Consejo por el tema de responsabilidad.
Cordiales saludos
buenas noches, Mi nombre es Eliana, en el caso de una SRL, tambien rige la obligacion de presentar balances? Se debe completarel aplicativo tambien?
Estimada Eliana:
Las SRL no tienen la tasa anual ni tampoco la obligación de presentar los Balances. Por eso no utilizan el aplicativo.
Cordiales saludos
Buenas Tardes. Queria consultarte si para una Asociacion Civil sin Fines de Lucro tambien rige la obligacion de presentar balances? Se debe completarel aplicativo tambien.
Saludos, Javier
Cdor: Tengo una SA del año 99 que no ha presentado nunca sus balances en la IGj ni pagado las tasas. A fin de regularizarla, voy a pedir el correspondiente pedido de tasas adeudadas en la IGJ. Debo presentar los balaances antes de pedir este informe?? o los puedo presentar despues.
muchas gracias
Hola, quisiera saber si se puede realizar la presentación de balances en la IGJ sin tener los mismos copiados al libro de Inventario y Balances.
Tengo que presentar varios años y las hojas libres que tengo en el libro no serán suficiente por lo que tendré que rubricar otro libro.
Gracias
SI USAMOS APLICATIVO NUEVO 2011 PARA PRESENTAR AÑO 2005 EN ADELANTE NO SALE EL MANIFIESTO NI LA ETIQUETA NI EL ARCHIVO COMO HACEMOS QUE SALGA ESO?
Estimado Cdor,
Las SRL no tienen obligacion de presentar balances ante el AFIP? es correcto?,
En el caso de presentarla voluntariamente como puedo calcular el monto que me costaria dicho balance,
Saludos,
Pablo.
Estimado Pablo: Creo que se interpreto mal el post, la SRL no tiene la obligación formal de presentar el Balance ante la IGJ que si lo deben hacer las S.A. Que no tenga esa obligación no significa que no deba realizar el balance y auditar el mismo por un Contador con firma certificada. Adicionalmente la AFIP hace dos años creo la obligación de escanear el balance certificado y subirlo al sitio WEB, eso sigue vigente. En su caso si esta necesitando un presupuesto para una Auditoria de Balance por favor contactese a nuestros correos o telefonos,cordiales saludos
Pablo:
Buenos días! Nos llegó una intimación para presentar balance de 1995, no tiene prescripción la presentación de los mismos en la IGJ?
Muchas gracias
Hola, quisiera saber qué pasa si una Sociedad Anónima no presenta balances por más de dos períodos ni convoca a asamblea de accionistas
Muchas gracias
Buenas, al no presentar balance ni llamar asambleas presenta irregularidades en las gestión tanto sus directores como accionistas deberían resolver estos temas. Les puede traer intimaciones de IGJ, problemas de representación, asimismos temas impositivos o legales. Sugiero ver las causas de estos incumplimientos y regularizar la situación. Cordiales saludos
Hola Pablo. Nos ha llegado una intimación de IGJ solicitando que presentemos balances de 2001, al haber transcurrido los diez años de conservar la documentación (art 67 y 44 Cod. Com), no quedaría excento de tener que presentarlo??. Muchas gracias. Saludos cordiales.
Hola antes que nada creo que los mensajes van dirigidos a mi Alejandro, por otro lado tengo entendido que la obligación de pagar la tasa de justicia prescribe a los 10 años, con respecto a lo que consultas excede el tema ya que si el organismo te lo pide vas a tener que asesorarte con algun abogado societario para ver que recursos podes plantear.
Cdor ! Tengo que presentar los 4 ultimos balances de una SA......en relacion a los archivos adjuntos , tengo que presentar los EECC certificados ? o una copia sin certificar sirve .....que otros archivos debo adjuntar y ultima pregunta : se debe abonar el formulario H por cada balance a presentar ?
Estimado Ctdor; es obligatoria la presentación de EECC en provincia ante DPPJ?el trámite es personal o x web?hay q abonar tasas?
Gracias!!
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