miércoles, 29 de agosto de 2012

La AFIP canceló el C.V.D.I. un beneficio para los que hacian las cosas bien!!

Hoy hacemos este post para comentar que nuevamente dimos un paso atrás ya que la AFIP intentando poner más trabas a la importación derogó el C.V.D.I. certificado de validación de importadores. El C.V.D.I. era un certificado que se obtenia luego de una seríe de controles automáticos por parte de la AFIP bastante rigurosos con respecto a presentaciones, ausencia de deudas exigibles, correctos traslados, correspondencia entre las retenciones y percepciones tomadas con las informadas, relación débito y crédito fiscal. Con lo cual en un primer aspecto entendemos que los contribuyentes con C.V.D.I. por lo menos en lo formal tenian una correcta conducta fiscal. Esto los beneficiaba con menores tasas de percepciones aduaneras a la hora de importar a consumo con lo cual el beneficio era financiero ya que no debia anticipar tributos al fisco antes de realizar las correspondientes ventas.
      Con la actual derogación ahora todos pagan las alicuotas altas tanto los que cumplen como los que no, con lo cual me parece que es un castigo más por un tema de entorpecer las importaciones que ¨las razones de indole operativas¨ esbozadas en la normativa.
 
Les dejo más detalles y notas que salieron al respecto
 
Visto que por la Resolución Nº  3373 de la AFIP se DEROGA el Certificado de Validación de Datos de Importadores (CVDI). Además establece un INCREMENTO en las alícuotas de los siguientes regímenes:
·      IVA PERCEPCIÓN: Se incrementan las alícuotas aplicables en el régimen de percepción de operaciones de importación para responsables inscriptos, estableciéndolas en el 20% para bienes importados gravados a la alícuota general. Mientras que para los bienes gravados con alícuota reducida se eleva al 10%. (Antes según RG 2937 eran del 10% y del 5% respectivamente). Igual tratamiento será aplicable a los sujetos que no acrediten su calidad de exentos o no alcanzados en el impuesto.
·      GANANCIAS PERCEPCIÓN: Las operaciones que anteriormente, por aplicación del CVDI, se encontraban sujetas a la alícuota del 3% pasan a estar alcanzadas por una alícuota del 6% (RG 2281).
 
Está nueva reglamentación ingresa en vigencia a partir del 07 de Septiembre de 2012, por lo que recomendamos tenerlo presente.
 

miércoles, 8 de agosto de 2012

Aumenta el importe mínimo para la constitución de sociedades

En el día de la fecha nos hacemos eco de la noticia de ayer que se instrumento un aumento en el valor mínimo para la constitución de sociedades anónimas. Igualmente es de referencia para la constitución de SRL. El monto se actualizo a los $100.000 con lo cual se deberán depositar en el Banco Nación o hacer un manifiesto de constatación de como mínimo el 25% del valor o sea, $25.000

Les copio la noticia completa de Infobae
A instancias de la Inspección General de Justicia (IGJ), el Gobierno decidió aumentar el valor mínimo que deben contar los emprendedores al momento de constituir una sociedad.

En efecto, a través del decreto 1331/2012, publicado en el Boletín Oficial de este martes, el aporte mínimo será de 100.000 pesos.

La norma, firmada por Cristina Fernández de Kirchner, Juan Manuel Abal Medina y Julio Alak, tendrá vigencia dentro de 60 días y se dejarán atrás los $12.000 necesarios hasta la fecha.

Según los considerandos del decreto, esta cifra tuvo su última modificación el 20 de septiembre de 1991.

La medida se dictó en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 186 de la Ley 19.550 (de Sociedades Comerciales).


Para acceder a la nota, debe ingresar en:

http://impuestos.iprofesional.com/notas/142125-El-Gobierno-elev-de-12000-a-100000-el-aporte-mnimo-para-constituir-una-sociedad


Ya que este tema suele traer consecuencias en el desempeño de la sociedad luego, vamos a preparar un post más extenso sobre el tema para entender un poco más las implicancias del monto de capital a consignar en la constitución de una sociedad comercial

http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/index.castle?s=1&fea=07/08/2012